1. Obligaciones generales para la limpieza de conductos industriales:
a. Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE):
El RITE establece en su Instrucción Técnica IT 3 que los sistemas de ventilación, calefacción y climatización deben ser mantenidos para garantizar condiciones óptimas de seguridad, eficiencia energética y calidad del aire.
Frecuencia mínima:
Conductos de ventilación y extracción: Anualmente, como mínimo.
Sistemas con acumulación de residuos específicos (polvo, grasas, productos inflamables): Frecuencia ajustada según las características del uso (normalmente semestral o trimestral en entornos de alto riesgo).
b. Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI):
El RSCIEI, aprobado por el RD 2267/2004, establece que los sistemas de ventilación y extracción que acumulen materiales combustibles o inflamables deben ser mantenidos para prevenir incendios.
Los sistemas de extracción de polvo, vapores de pintura, soldadura y gases inflamables se consideran zonas de alto riesgo y deben ser limpiados regularmente.
c. Reglamento de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995 y RD 486/1997):
Obliga a los empleadores a mantener las instalaciones en condiciones que garanticen la salud y seguridad de los trabajadores, lo que incluye la limpieza de conductos y cabinas de aspiración para evitar contaminantes en el aire.
En industrias con exposición a polvo, humos de soldadura, grasas o vapores químicos, los sistemas deben estar operativos y libres de residuos que puedan generar riesgos.
d. Normativa sanitaria y de calidad del aire (RD 102/2011 y UNE 171330):
En industrias alimentarias o farmacéuticas, los sistemas de ventilación y extracción deben cumplir con estrictos requisitos higiénicos. La norma UNE 171330 establece procedimientos para la limpieza de conductos de aire en sistemas de climatización.
Cadencia recomendada por tipo de instalación:
a. Cabinas de aspiración de soldadura:
Obligación: Evitar la acumulación de humos y partículas metálicas, que son tóxicas e inflamables.
Cadencia: Depende del uso, pero se recomienda:
Limpieza de filtros y conductos: Cada 3-6 meses.
Revisión completa del sistema: Anualmente.
b. Cabinas de pintura:
Obligación: Prevenir la acumulación de partículas inflamables y cumplir con el RSCIEI y las normativas de prevención de riesgos laborales.
Cadencia:
Limpieza de filtros y conductos: Mensualmente para cabinas de uso intensivo.
Conductos de extracción: Cada 6 meses.
Inspección general: Anualmente.
c. Industria alimentaria:
Obligación: Garantizar la higiene conforme al Reglamento CE 852/2004 y prevenir contaminación cruzada.
Cadencia:
Sistemas de extracción de cocinas o procesado: Cada 6 meses.
Conductos de ventilación general: Anualmente.
Sistemas de aspiración de partículas orgánicas (harinas, azúcares): Trimestralmente o según APPCC.
d. Sistemas de ventilación y climatización general (industria no específica):
Obligación: Cumplir con el RITE y la norma UNE 171330, que exige una limpieza periódica para evitar acumulación de polvo, moho o partículas contaminantes.
Cadencia:
Inspección visual de conductos: Cada 1-2 años.
Limpieza interna (en profundidad): Cada 4 años en sistemas de riesgo bajo.
Sistemas en áreas críticas (hospitales, laboratorios): Cada 1-2 años.
e. Sistemas de extracción de polvo industrial (madera, metalurgia, etc.):
Obligación: Según el RSCIEI y las normativas de riesgos laborales, estos sistemas deben mantenerse limpios para prevenir explosiones de polvo (ATEX) o incendios.
Cadencia:
Limpieza de filtros y conductos: Trimestralmente.
Inspección técnica completa: Anualmente.